El Registro de la huella de carbono

«Los gases de efecto invernadero (GEI) retienen el calor del Sol dentro de la atmósfera, provocando un aumento de la temperatura de la Tierra. Estos gases son principalmente dióxido de carbono, metano, óxido nitroso y los gases fluorados. Aunque muchos se producen de forma natural, la actividad humana ha generado un exceso que ha contribuido al calentamiento global. Esta actividad incluye el uso, producción y transporte de energías no renovables, la industria, la ganadería y la agricultura, y la gestión de residuos. Desde mediados del siglo XX, los gases de efecto invernadero son los mayores responsables del cambio climático»  (https://elordenmundial.com/que-son-las-emisiones-de-gases-de-efecto-invernadero/)

Las emisiones se consideran difusas o no difusas. Las no difusas son las que están reguladas por el  comercio de derechos de emisión, que es un mecanismo de mercado por «el que se crea un incentivo o desincentivo económico que persigue un beneficio medioambiental: que un conjunto de plantas industriales reduzcan colectivamente las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera».

Existe una guía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España para determinar el tipo de emisiones

Para estas, el proyecto de Ley Canaria de Cambio Climático y Transición Energética prevé facilitar que se compensen las emisiones a través de sumideros naturales de carbono 

Además, para las emisiones difusas, que no están sujetas al comercio de derechos de emisión, se dispondrá de un sistema para facilitar la compensación mediante proyectos de absorción de CO2, tales como la adecuada recuperación, protección o gestión de ecosistemas.

El Registro Canario de la Huella de Carbono

Este será un instrumento básico para avanzar hacia la descarbonización de la economía de Canarias 

Cualquier persona física o jurídica podrá inscribirse voluntariamente en dicho  registro, siendo obligatorio en algunos casos definidos por el proyecto de ley.

Las empresas deberán hacer constar los cálculos anuales de huella de carbono asociados a las actividades que realicen en Canarias, los datos relativos a los planes de reducción de emisiones que deban llevarse a cabo en el archipiélago, así como los proyectos de absorción de dióxido de carbono. previstos en el  mecanismo voluntario de compensación de emisiones.

Las administraciones locales deberán incluir el registro de emisiones recogido dentro de los Planes Insulares y Municipales de Acción para el Clima y la Energía (PIMACE).

La Agencia Canaria de Acción Climática

La agencia será el órgano ejecutivo para la acción climática. Será un organismo con personalidad jurídica y autonomía administrativa y económica, encargada de las acciones de mitigación, adaptación, gobernanza y comunicación reguladas por la Ley Canaria de Cambio Climático y Transición Energética (LCCCTE). Esta entidad estará adscrita a la Consejería responsable en materia de acción climática.

Además se creará la Comisión Interdepartamental de Acción Climática, que será un órgano de coordinación y colaboración entre los diferentes departamentos del Gobierno en la aplicación de la LCCCTE.

La agencia deberá articular los esfuerzos de las Administraciones Públicas, del sector público, de la ciudadanía, de las empresas, organizaciones sociales y tercer sector, de forma permanente para impulsar las políticas de transición ecológica.

Entre sus funciones estarán las siguientes: 

  1. Elaborar las Estrategias de Acción Climática, y la Estrategia Canaria de Transición Justa y Justicia Climática (si bien en esta primera etapa y dado que la agencia no está aún creada, estas se elaboran directamente por el Gobierno de Canarias).
  2. Poner en marcha los procedimientos y las metodologías adoptados internacionalmente para:
  • Realizar los inventarios de emisiones y las proyecciones para fijar los objetivos de reducción de emisiones.
  • Realizar los inventarios de emisiones y las proyecciones para fijar los objetivos de reducción de emisiones.
  • Evaluar la vulnerabilidad y los riesgos a consecuencia del cambio climático en Canarias, con el fin de identificar los ámbitos de acción prioritarios para la mitigación y adaptación al cambio climático.
  • Definir los indicadores cuantitativos y cualitativos de mitigación, descarbonización, adaptación al cambio climático, gobernanza  e  impacto  en  la  economía  y  establecer  su seguimiento.
  1. Tener un inventario general de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) actualizado.
  2. Dar las autorizaciones de GEI a las actividades sujetas a la normativa de comercio de derechos de emisión y realizar auditorías.
  3. Gestionar el Registro Canario de Huella de Carbono.
  4. Coordinar las políticas de acción climática con las administraciones locales, asesorándolas para su desarrollo.
  5. Coordinar e impulsar el seguimiento y evaluación científica de los programas de acción climática, así como la participación social.
  6. Promover e impulsar la I+D+i y la competitividad  sobre el cambio climático.
  7. Relacionarse con las instituciones de la Unión Europea y las regiones ultraperiféricas en materia de acción climática, en coordinación con el departamento competente.
  8. Integrar y coordinar el modelo de participación ciudadana.

Los Planes Insulares y Municipales de Acción para el Clima y la Energía (PIMACES)

Dentro del marco común de la Estrategia Canaria de Acción Climática y siguiendo sus directrices, cada cabildo y ayuntamiento de Canarias debe desarrollar su propio plan, que aborde las medidas de mitigación y de adaptación en su ámbito. 

Esto pueden hacerlo los municipios empleando y adaptando para ello los PACES de la Estrategia del Pacto de las Alcaldías.

Las entidades locales deben concretar las medidas de política sectorial de la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica sobre las que tienen competencias: entre otras, turismo, agricultura y ganadería, industria y comercio, urbanismo, salud y servicios sociales, residuos, biodiversidad y recursos naturales, montes, contaminación lumínica y alumbrado, emergencias y protección civil. 

Además, deberán incluir también un Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).

 Una vez aprobados por el Pleno de la Corporación, el PIMACE y el PMUS, sus determinaciones son de obligado cumplimiento para todas las personas, tanto públicas como privadas.

 Los PIMACE tendrán una vigencia de diez años, y deben revisarse, como máximo, cada cinco años, con el fin de actualizar escenarios y objetivos.

El Plan Canario de Acción Climática

Este plan contiene el conjunto de acciones para conseguir en plazo los objetivos fijados en la Estrategia Canaria de Acción Climática. Se marca objetivos a diez años, y deben revisarse cada cinco años los escenarios  previstos y los objetivos. Tendrá una parte informativa y de diagnóstico y otra propositiva.

 En la parte inicial, informativa, se plasmarán al menos:

  1. Los escenarios climáticos presentes y futuros del Archipiélago.
  2. Se identificarán y evaluarán los impactos y los riesgos que se pueden esperar en función de los escenarios climáticos previstos.
  3. Se evaluará la vulnerabilidad de los recursos naturales, del territorio y de la población frente a los impactos y riesgos identificados.

En la parte propositiva se tendrán como mínimo:

  1. Los objetivos concretos de mitigación, adaptación y resiliencia a alcanzar.
  2. Las medidas específicas de mitigación y adaptación a los impactos y riesgos detectados.
  3. Un sistema de indicadores que facilite ver si se están consiguiendo o no los resultados previstos en función de las medidas adoptadas.
  4. Mecanismos para garantizar la gobernanza.

Una vez aprobadas las determinaciones del plan, estas serán de obligado cumplimiento tanto para administraciones públicas, como para toda la sociedad, en la medida en que les incumba.

La Estrategia Canaria de Transición Justa y Justicia Climática (ECTJC 2040)

Esta estrategia será el instrumento regional de adaptación de la sociedad al cambio de modelo económico y social que resulte de la transición ecológica. Su vigencia será la misma que la de la Estrategia de Acción Climática, hasta 2040, revisable cada diez años.

Su propósito responde a la doctrina de Naciones Unidas y de la Unión Europea, en especial del Pacto Verde Europeo,  para ser consecuentes con los siguientes principios generales: promover la participación y la conciencia ciudadana, la igualdad entre mujeres y hombres; la protección de colectivos vulnerables, con especial consideración a la infancia y a los mayores, así como la resiliencia, la justicia climática y la transición justa entre otros.

Debe identificar áreas, sectores, colectivos o territorios más vulnerables, teniendo presente el principio de justicia climática y las situaciones de pobreza energética, así como favoreciendo un marco de oportunidades de formación y mejora del acceso a los nuevos nichos de actividad económica y empleo.

Sus cometidos principales son:

  1. Identificar riesgos y vulnerabilidades por territorios, sectores y personas. 
  2. Proponer acciones para minimizar las vulnerabilidades detectadas.
  3. Definir sistemas continuos de gobernanza, evaluación y seguimiento.
  4. Identificar y fomentar donantes de servicios ecosistémicos con incidencia climática positiva, es decir, conseguir inversiones y acciones que permitan que los ecosistemas mejoren su estado y puedan suministrarnos mayores beneficios y servicios.

La Estrategia Canaria de Acción Climática (ECAC 2040)

Es el instrumento marco de referencia para la acción climática en Canarias y debe marcar la senda de la descarbonización, la adaptación al cambio climático y la nueva gobernanza. Coordina, además, el conjunto de planes, programas y políticas sectoriales para lograr los objetivos de la presente ley.

Fija los objetivos en cuatro aspectos clave:

  1. Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la captación de carbono, estableciendo objetivos cada cinco años.
  2. Mejorar la eficiencia energética para reducir el consumo de energía en todo el Archipiélago.
  3. Aumentar la generación y el consumo de energías de origen renovable, reduciendo la necesidad de combustibles fósiles.
  4. Desarrollar un sistema de movilidad sostenible.

Además, debe:  

  1. Identificar los riesgos, vulnerabilidades e impactos del cambio climático
  2. Fijar los objetivos de adaptación y resiliencia al cambio climático.
  3. Identificar necesidades de investigación, innovación, desarrollo y competitividad en materia de acción climática.
  4. Definir el sistema de evaluación y seguimiento de la estrategia.

La estrategia tendrá una vigencia de veinte años, pero será revisada, como máximo cada diez años, para actualizar los escenarios y objetivos.

El Pacto de las Alcaldías por el Clima y la Energía Sostenible

El pacto

Se trata de un pacto voluntario por el cual las ciudades y los territorios se comprometen a actuar efectivamente para cumplir en sus ámbitos territoriales los objetivos en materia de clima y energía de la UE. Además, colaboran  en una red que actualmente tiene cerca de  11 000 entidades locales signatarias, responsables de territorios donde habitan unos 340 millones de personas en Europa y otras regiones del mundo. 

El pacto nació en 2008, impulsado por la Comisión Europea, con el fin de apoyar el esfuerzo de las autoridades locales en la aplicación de políticas de energía sostenible, marcándose el triple objetivo de conseguir en 2020 reducir en un 20 % las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), lograr un 20 % de ahorro y eficiencia energética y un 20 % de penetración de energías renovables.

El compromiso requería a 2020 desarrollar un Inventario de referencia de emisiones (IRE)  para poder calcular los avances y un Plan de Acción por la Energía Sostenible (PAES), debiendo reportarse informes semestrales sobre los esfuerzos realizados y su medición de resultados. 

El Plan de Acción por el Clima y la Energía Sostenible 

A partir de la COP 21 de París, en diciembre de 2015, el pacto de las alcaldías siguió manteniendo los objetivos a 2020, pero se formularon otros más ambiciosos con vistas a 2030: alcanzar un 40 % de reducción de GEI, y también porcentajes equivalentes de ahorro y eficiencia y de penetración de energías renovables.

Además, se abordaría a partir de entonces no solo objetivos de energía sostenible, sino también climáticos. Para ello en vez de PAES se formularía un nuevo modelo de plan de acción: los planes de acción por el clima y la energía sostenible (PACES).

Los PACES han de desarrollar estrategias de adaptación al cambio climático en los territorios que les incumben. Además, las entidades responsables se comprometen a cooperar, compartiendo visión, resultados, experiencia y conocimientos con otras administraciones locales y regionales, dentro y fuera de la UE, en el marco del Pacto Mundial de los Alcaldes.

Hoja de ruta Ley de Cambio Climático y Transición Energética

08 / 2019

El Gobierno de Canarias declara la situación de Emergencia Climática de la Comunidad Autónoma (30/08/2019) y mandata a la Consejería de Transición Ecológica a iniciar el proyecto de Ley de Cambio Climático de Canarias.

10-11/2019

Consulta previa de justificación de motivos del proyecto de Ley de Cambio Climático, se reciben 154 aportaciones de distintas entidades públicas, privadas y de particulares.

01 / 2020

El Parlamento de Canarias ratifica unánimemente la Declaración de Emergencia Climática del archipiélago (20/01/2020).

01-11/2020

Encargo y estudios previos para el Plan de Transición Energética.

Encargo de la redacción de la Estrategia de Acción Climática.

Encargo de la redacción del Plan de Acción Climática.

Redacción del proyecto de Ley, consultas e informes preceptivos hasta elevación a Consejo de Gobierno.

12/2020

> 01/2021

Información pública de la Ley Canaria de Cambio Climático y Transición Energética.

02/2021

> 03/2021

Revisión alegaciones, modificación del texto y respuestas individualizadas.

2021

Previsión Inicio de la tramitación del Proyecto de Ley en el Parlamento de Canarias.

Previsión tramitación de la Estrategia de Acción Climática.

Previsión tramitación del Plan de Acción Climática.

Previsión tramitación del Plan de Transición Energética.

2021

Encargo redacción Estrategia de Transición Justa y Justicia Climática.

Ficha resumen de la Ley Canaria de Cambio Climático y Transición Energética

Introducción

Después de recoger más de 150 aportaciones de distintos sectores y de un amplio número de personas, se ha aprobado el día 22 de octubre de 2020 en el Consejo de Gobierno de Canarias la Ley Canaria de Cambio Climático y Transición Energética (LCCCTE). 

Definición

La LCCCTE supondrá un cambio de modelo productivo orientado hacia la transición ecológica, establecerá objetivos a corto plazo para las Administraciones Públicas y pautas concretas para todos los sectores de Canarias en el marco de la Ley estatal de Cambio Climático. En esta línea, contempla medidas específicas para sectores como el turismo, el transporte, la agricultura, la sanidad o la seguridad; siempre desde un principio de cooperación entre las Administraciones y la sociedad civil. 

Finalidades 

  • El desarrollo e implementación del conjunto de medidas que garanticen un balance neutro de emisiones de gases de efecto invernadero en las Islas en 2040.
  • La reducción progresiva del uso y el consumo de combustibles fósiles.
  • El establecimiento de un modelo energético basado en la gestión de la demanda y en las energías renovables.
  • La mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático para la reducción de la vulnerabilidad de las personas y sus bienes, los recursos naturales, las infraestructuras, los servicios públicos y los ecosistemas terrestres, costeros y marinos.
  • El fomento de la resiliencia de los sectores sociales y económicos frente a los efectos del cambio climático.
  • La promoción de la educación, la formación, la innovación, la I+D, la competitividad y la transferencia tecnológica. En este sentido también será clave difundir conocimiento en materia de mitigación, adaptación y gobernanza de la acción climática. 
  • La integración de la salud pública en las políticas de acción climática como mecanismo para la prevención y gestión de riesgos.
  • La promoción de las políticas de transición ecológica, cohesión social y acción climática a nivel de las regiones ultraperiféricas (RUP) y otros territorios.

Instrumentos

  • La Agencia Canaria de Acción Climática.
  • La Comisión Interdepartamental de Acción Climática.
  • La Estrategia Canaria de Acción Climática.
  • El Plan Canario de Acción Climática.
  • El Plan de Transición Energética de Canarias.
  • Los Planes de Acción Insulares y Municipales de Clima y Energía.
  • La Estrategia Canaria de Transición Justa.