Territorio

Dimensiones básicas de la ordenación del territorio

Un conjunto complejo de instrumentos territoriales, ambientales y urbanísticos.

En Canarias existe una triple tipología de planes según el principal objeto a ordenar en el territorio. Estas son las ordenaciones ambientales, territoriales y urbanísticas: 

  • Las ordenaciones territoriales se encargan de analizar, desarrollar y gestionar los procesos de planificación y desarrollo de los espacios geográficos y de los territorios, tanto urbanos como rurales. Estas tienen un carácter más directivo, coordinador y estratégico. Por ejemplo, las Directrices de Ordenación y Planes Insulares.
  • Las ordenaciones ambientales se ocupan de conservar y proteger la tierra y los recursos naturales, en general en los ámbitos no urbanizados. Estas tienen un nivel directivo y ejecutivo. Por ejemplo, los planes de gestión de la Red Natura 2000, que también pueden contener ordenación territorial y, en su caso, urbanística. 
  • Las ordenaciones urbanísticas son instrumentos técnicos y normativos que regulan las condiciones para el uso, la conservación y la transformación del suelo. Estas tienen un nivel de coordinación y dirección municipal. Por ejemplo, los Planes Generales.

Asimismo, también encontramos los planes ejecutivos, que son los habilitantes para la ejecución de obras de transformación y edificación. Por ejemplo, en la ordenación territorial estos serían los planes territoriales parciales, los planes territoriales especiales y los proyectos de interés insular o autonómico. Por otro lado, en ordenación urbanística serían los planes parciales, los planes especiales, los planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad y el programa de actuación sobre el medio urbano. 

Ordenación ambiental

Atiende a la ordenación espacial de los recursos naturales, de las especies protegidas y de los espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000. Su formulación y aprobación corresponde, en la mayor parte de los planes, a los Cabildos Insulares. Los Planes Rectores de Uso y Gestión de los Parques Nacionales corresponden a la Comunidad Autónoma. La mayor parte de los Espacios Naturales Protegidos cuentan con su plan de ordenación aprobado. Algunos se encuentran en revisión. 

Ordenación territorial

La que se desarrolla fuera de las ciudades y núcleos poblacionales, estableciendo normas de ordenación y uso global o genérico del territorio, previendo zonas de futuro crecimiento urbano, económico o comercial, así como la localización de infraestructuras, dotaciones y equipamientos, generalmente públicos, que estructuran y vertebran el área ordenada, o, igualmente, zonas que deben ser preservadas de su transformación.

Estos planes tienen carácter directivo, persiguen el equilibrio interterritorial y establecen criterios de ordenación para otros instrumentos de ordenación situados en dependencia jerárquica.

Su formulación y aprobación está reservada a los Cabildos Insulares (Planes Insulares, Planes Territoriales Parciales, Planes Territoriales Especiales y Proyectos de Interés Insular), y a la Administración autonómica (Directrices de Ordenación General, Directrices de Ordenación Sectorial, Proyectos de Interés Autonómico).

Ordenación urbanística

Es la que tiene por objeto la ordenación de la ciudad, los núcleos de población y todo lo vinculado al uso urbano del suelo. Establece y define al último detalle el estatuto jurídico de la propiedad inmobiliaria (régimen jurídico de derechos y deberes), y legitima las operaciones de transformación física y jurídica (a través de los instrumentos de gestión urbanística), y de la edificación.

Corresponde a los Ayuntamientos (Planes Generales, Planes Parciales, Planes Especiales y Programas de Actuación sobre el medio urbano) y a la Administración autonómica (Normas Técnicas del planeamiento urbanístico y los Planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad).

En caso de contradicción las determinaciones de ordenación ambiental prevalecen sobre las de ordenación territorial y urbanística.

Estado de la planificación

La mayor parte de los Espacios Naturales Protegidos cuentan con su plan de ordenación aprobado. Todas las islas disponen de un Plan Insular, aunque actualmente, los Cabildos de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote se encuentran tramitando sus nuevos planes insulares.

La mayor parte de los municipios cuentan con un Plan General de Ordenación, cuyo objeto es definir el modelo territorial y urbanístico del municipio. No obstante, varios municipios turísticos de mayor relevancia carecen de una ordenación actualizada. Estos son los casos de Mogán, San Bartolomé de Tirajana, Tías, La Oliva, Pájara, Adeje y Arona, razón por la que la renovación de sus suelos turísticos más antiguos se ha venido realizando por planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad, con un planeamiento de ordenación urbanística que tiene por objeto la rehabilitación y renovación, total o parcial, de la urbanización turística obsoleta y de sus establecimientos turísticos.

Actualmente, se encuentran en fase de tramitación las directrices de ordenación del suelo agrario de acuerdo a la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Además, se encuentran en vigor las directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, aprobadas por la Ley 19/2003, de 14 de abril, y las Directrices de Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones, aprobadas por Decreto 124/2011, de 17 de mayo (LSENPC).

Ordenación territorial (Gobierno de Canarias)

Sistema de información territorial (IDECanarias)

Planificación ambiental (Gobierno de Canarias)

Planificación ambiental (IDECanarias)

Planificación urbanística